La Anmat prohibió la venta de todos los artículos de dos marcas de productos de limpieza


De acuerdo con la Anmat se trata de productos que no están debidamente registrados y potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los utilicen.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves la venta de dos marcas de productos de limpieza por presentar distintas irregularidades.
Así quedó plasmado en las Disposiciones 5505/2026 y 5506/2026 publicadas hoy en el Boletín Oficial.
En la primera de ellas, la Anmat prohibió la "elaboración, uso, comercialización, publicidad y distribución de todos los productos domisanitarios de la marca Desolimp" a partir de una denuncia de un usuario que expresó dudas sobre la legitimidad de esos productos.
La Anmat detectó la promoción de desinfectantes, limpiadores, aguas lavandinas, desengrasantes, insecticidas y productos para piscinas y verificó que los artículos "no se encuentran inscriptos" ante ese organismo. La autoridad sanitaria de Santa Fe informó además que tampoco existían registros en esa jurisdicción y que el domicilio declarado por la firma en esa provincia resultaba inexistente.
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat)
Por ello y "a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura y considerando que tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para poder ser comercializados", es que se resolvió prohibir su venta.
En tanto la Disposición 5506/2026, prohíbe todos los productos domisanitarios de la marca Lenis hasta que sean debidamente regularizados. La medida alcanzó a limpiadores, desengrasantes, repelentes ambientales, productos para acabado de superficies, desinfectantes, aguas lavandinas y artículos destinados al tratamiento de agua de piscinas.
Según la disposición, el organismo verificó que los productos "no se encontraban inscriptos ante esta ANMAT" y que tampoco pudo identificar "un establecimiento responsable habilitado". Frente a ello se resolvió prohibir su venta al considerar estos productos potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los utilicen.
Además, la consulta realizada a la autoridad sanitaria bonaerense arrojó resultados negativos respecto de registros provinciales vigentes.
Disposición 5505/2026:
Disposición 5506/2026:

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